COLEGIO DE PERIODISTAS DEL PERÚ

Junta Directiva Actual

karola lara manchego

Decana Nacional

Historia

Con la promulgación de la Ley de Profesionalización N° 15630, durante el gobierno del Presidente Fernando Belaúnde Terry, en 1965, se da el primer paso para la posterior fundación del Colegio de Periodistas del Perú (CPP).

Es así que el 1° de octubre del año 1980, nace como entidad deontológica el Colegio de Periodistas del Perú por la Ley de la República N° 23221, durante el segundo gobierno del Presidente de la República, Arquitecto Fernando Belaúnde Terry, teniendo como grandes impulsores a la Federación de Periodistas del Perú (FPP) y la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP).

En la Ley No 23221, se dispone explícitamente que la colegiación es un requisito indispensable para el ejercicio periodístico. Sin embargo, luego se hace referencia del Inciso 4 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú, vigente en el año 1979, que establecía el derecho de todos los ciudadanos, sin distinción alguna, a ejercer el derecho a la información. Por lo tanto, dicha restricción fue únicamente escrita y no aplicable en la práctica, sólo dada para apaciguar el pedido de algunos periodistas colegiados.

El Colegio de Periodistas del Perú agrupa a los Profesionales del Periodismo y de las Ciencias de la Comunicación, con el objetivo de representarlos, defendiendo sus deberes y derechos, así como también velar por el debido ejercicio de la profesión.

Beneficios de ser Colegiado.

  • Pertenecer a una institución deontológica que promueve el desempeño ético del ejercicio periodístico protegiendo a los ciudadanos de la práctica impropia de la libertad de expresión.
  • Participar en programas de capacitación y actualización de los profesionales de ciencias de la comunicación y periodismo;
  • Pertenecer una institución fortalecida por sus integrantes lo que garantiza la defensa de los derechos fundamentales como la libertad de expresión.
  • Promover el fortalecimiento de los profesionales que egresan de las carreras de ciencias de la comunicación periodismo en desmedro de quienes al amparo de la Ley Torres y Torres Lara ejercen ilegalmente el ejercicio periodístico.
  • El Colegio de Periodistas del Perú como institución profesional garantiza particularmente la defensa e irrestricto cumplimiento de la ley 24898, que señala como requisito la colegiación para ejercer el periodismo en el Perú.

Requisitos

Colegiatura para provincias

Título profesional

Una copia legalizada  del título profesional de Periodismo o Ciencias de la Comunicación, registrado en la SUNEDU.

Constancia de pago por derecho de incorporación

De acuerdo a cada región. 

Horario de atención:

08:00 a. m. a 05:00 p. m.

Sábados: 9:00 a. m. a 1:00 p. m.

Documentación requerida

Solicitud, ficha de datos, copia de DNI,  Certificado Único Laboral y formulario de firma digital. 

Fotografías

Tres fotos a color, tamaño pasaporte con fondo blanco y vestimenta formal.

Entrega de expediente

La documentación se adjunta en dos fólderes manila.
La entrega se realiza de forma presencial en la sede institucional del Colegio de Periodistas de cada Región

Requisitos para la región Lima a través del siguiente enlace:

Requisitos

Contacto

Correos: administracion@cpp.pe / informes@cpp.pe